
Formulación y aprobación de las CUENTAS ANUALES y presentación del Impuesto de Sociedades.
El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, introduce nuevos cambios en las fechas de formulación y aprobación de las cuentas anuales. De esta manera, en la disposición octava, tres y cuatro: El plazo de formulación de las cuentas anuales por el órgano de Administración y que según la legislación mercantil vigente es de 3 meses desde la finalización del ejercicio, queda suspendido hasta el 1 de junio, y se reanuda por otros tres